Acuerdo 810 de 2025 del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar: Reglamentación sobre la Aplicación de la Quinta Cifra en Apuestas Permanentes
Proviene de: Acuerdos
19 de mayo de 2025 10:58:44
Contexto y Naturaleza del Acuerdo
El Acuerdo 810 de 2025 es un instrumento de carácter reglamentario expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), entidad que ejerce funciones de regulación y vigilancia en materia de juegos de suerte y azar a nivel territorial en Colombia. El acuerdo fue aprobado en sesión 179 del CNJSA el 25 de abril de 2025 y publicado para observaciones en el sitio web oficial del Consejo entre el 10 y 17 de marzo de 2025. Su objeto principal es establecer lineamientos claros sobre la aplicación de la quinta cifra en el juego de apuestas permanentes o chance cuando el apostador elige jugar contra los resultados de sorteos autorizados. Este acuerdo responde a la necesidad de interpretar y reglamentar un aspecto técnico y operativo contenido en el artículo 2.7.2.2.1 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 1390 de 2024, que regula la estructura del plan de premios de las apuestas permanentes. La reglamentación busca evitar confusiones entre los apostadores y operadores, así como garantizar la transparencia y seguridad en la realización de los sorteos.Objeto y Alcance del Acuerdo
El acuerdo regula de manera precisa cómo se debe aplicar la quinta cifra en las modalidades de apuestas permanentes o chance cuando estas se realizan contra el resultado de juegos autorizados para tal fin. Define aspectos técnicos sobre el uso de baloteras (máquinas para sorteo de bolas numeradas), el conteo de cifras, y los tipos de modalidades de apuestas que contemplan esta quinta cifra. El ámbito de aplicación es nacional y afecta a todos los concesionarios...Más noticias sobre Derecho Privado
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