Prelación de créditos y prescripción en la liquidación de entidades del sistema de salud: concepto de la Contraloría General
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 10:58:34
Contexto y alcance del concepto
La Superintendencia Nacional de Salud realiza procesos de liquidación de entidades del SGSSS que registraron deudas con el sistema. La Contraloría General, a través de su Oficina Jurídica, respondió a una consulta interna sobre la prescripción de estos recursos públicos y la prelación de créditos en estos procesos. Se aclara que los conceptos emitidos son orientativos, no vinculantes, y buscan facilitar la interpretación jurídica en materia de control fiscal.Competencias y facultades de la Superintendencia Nacional de Salud
El sistema de salud es un servicio público regulado y vigilado por el Estado, con la Superintendencia Nacional de Salud como organismo técnico encargado de la inspección, vigilancia y control. Esta entidad tiene facultades para imponer sanciones, revocar autorizaciones y adoptar medidas de saneamiento, incluida la intervención para administrar o liquidar entidades prestadoras de salud, bajo procedimientos reglamentados. El proceso de liquidación de Entidades Promotoras de Salud (EPS) e Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) sigue el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), complementado por normas especiales del SGSSS, que prevalecen en caso de conflicto. Esta regulación garantiza una adecuada gestión de la liquidación dentro del marco normativo colombiano.Prelación de créditos en los procesos de liquidación
La Administradora de Recursos del SGSSS (ADRES) es responsable de gestionar los recursos destinados a la prestación de servicios de salud. La Ley 1797 de 2016 establece una prelación específica para el pago de créditos en procesos de liquidación de EPS e IPS, que debe aplicarse después de cubrir los recursos adeudados a la ADRES y los relacionados con mecanismos de redistribución de riesgo. El orden de prelación...Más noticias sobre Salud
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