Comisión de Regulación aclara dudas sobre aplicación tarifaria de Triple A en Soledad
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:1:57
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico emitió un pronunciamiento en respuesta a múltiples solicitudes relacionadas con la aplicación tarifaria de la empresa Triple A S.A. E.S.P., que presta servicios en el municipio de Soledad, Atlántico. El documento enfatiza que los conceptos emitidos por la Comisión son orientaciones generales y no tienen carácter obligatorio ni vinculante.
Costos económicos de referencia y exclusión de subsidios
Entre las principales aclaraciones, se confirma que los costos económicos de referencia calculados mediante la metodología tarifaria establecida en la Resolución CRA 688 de 2014, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, no incluyen subsidios ni contribuciones. Estos costos se componen de un cargo fijo y un cargo por consumo, los cuales reflejan los costos económicos asociados a la prestación del servicio, pero sin incorporar los descuentos o aportes solidarios aprobados por los Concejos Municipales.Determinación de la tarifa final para usuarios subsidiados
La Comisión precisó que para los usuarios de los estratos 1 y 2, el valor final de la tarifa se determina descontando el factor de subsidio aprobado por el Concejo Municipal correspondiente. En el caso específico de Soledad, hasta el 31 de diciembre de 2024, el Acuerdo del Concejo Municipal No. 000235 de 2019 estableció dichos subsidios. Por ejemplo, para el distrito de Barranquilla, donde también opera Triple A, se mostró un cuadro tarifario que refleja los costos económicos de referencia para los usuarios sin subsidios (estrato 4 y uso oficial), mientras que los demás estratos aplican descuentos o contribuciones según lo aprobado por el Concejo Distrital de Barranquilla.Componentes de la fórmula tarifaria
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