Condiciones para la entrega del informe de necropsia a familiares según el Ministerio de Salud
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:5:50
El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de un concepto técnico emitido por la Dirección de Epidemiología y Demografía, ha respondido a una consulta sobre la entrega del informe de necropsia por parte de las IPS a los familiares de una persona fallecida.
Definición y tipos de necropsia
Según el Decreto 786 de 1990, la necropsia es el procedimiento que, mediante observación e intervención sobre un cadáver, obtiene información con fines científicos o jurídicos. Este procedimiento se divide en necropsias médico-legales, realizadas con fines de investigación judicial, y necropsias clínicas, que se practican en el contexto clínico para determinar la causa de la muerte.Condiciones para la entrega del informe
En este sentido, la entrega del informe de necropsia depende de su naturaleza. Cuando se trate de una necropsia clínica, el informe forma parte de la historia clínica del paciente y puede ser entregado a sus familiares conforme a la normativa que regula el acceso a dicha historia. Por el contrario, si la necropsia es médico-legal, el informe se integra a un proceso judicial, por lo que su acceso está reservado exclusivamente a la autoridad competente, en este caso, la Fiscalía General de la Nación. No obstante, la Corte Constitucional ha establecido en la Sentencia T-889 de 2009 que el derecho de los familiares cercanos a acceder a la historia clínica, incluyendo el acta de necropsia médico-legal, no puede ser obstaculizado de forma absoluta. Para acceder a esta información, los familiares deben cumplir ciertos requisitos: demostrar el fallecimiento, acreditar parentesco cercano (padres, hijos, cónyuge o compañero permanente), manifestar las razones de la solicitud...Más noticias sobre Salud
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