Competencia para la baja de bienes inservibles en la Secretaría Distrital de Hacienda
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:13:31
Contexto y competencia institucional
La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) recibió una consulta para definir si la función de definir y aprobar la baja de bienes inservibles debe estar a cargo del Comité Institucional de Gestión y Desempeño (CIGD) o del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable (CTSC). Según el Decreto Nacional 1083 de 2015, el CIGD orienta la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) y debe sustituir comités relacionados con dicho modelo, salvo aquellos que sean obligatorios por mandato legal. Por otro lado, la Contaduría General de la Nación (CGN) establece que el CTSC es una instancia obligatoria para garantizar la calidad y sostenibilidad de la información financiera de las entidades públicas, encargándose de la depuración contable permanente y sostenible.Funciones específicas y normativas aplicables
La Resolución 193 de 2016 de la CGN y la Resolución DDC-000003 de 2018 de la Contadora General de Bogotá establecen que el CTSC debe recomendar la aplicación y actualización de políticas contables, la depuración de valores y otros aspectos relacionados con la gestión contable. Además, el CTSC tiene la función específica de decidir y aprobar la baja y destino final de los bienes declarados inservibles o no utilizables, previo análisis técnico y jurídico. En contraste, el CIGD se encarga de la gestión y desempeño institucional en relación con la implementación del MIPG, sin competencia específica en materia de depuración contable o baja de bienes.Implicaciones y recomendaciones
La Dirección Jurídica concluye que la función de definir y aprobar la baja de bienes inservibles debe estar asignada al CTSC, debido a su especialidad en temas contables y...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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