Concepto de la Superservicios sobre modificaciones a acometidas y cobro de cargo fijo en servicios públicos domiciliarios
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:12:43
Modificaciones a acometidas: consideraciones legales y consecuencias
El concepto de la Superservicios aborda inicialmente la problemática de las modificaciones o alteraciones a las acometidas del servicio sin la autorización del prestador. Estas acciones pueden ser consideradas acometidas o derivaciones fraudulentas según los numerales 12 y 20 del artículo 2.3.1.1.1 del Decreto 1077 de 2015. Se advierte que realizar estas modificaciones sin permiso puede acarrear consecuencias de tipo policiva y penal, incluyendo multas, remoción de bienes y acciones penales por defraudación de fluidos, conforme a la Ley 1801 de 2016, la Ley 142 de 1994 y el Código Penal. Además, si estas modificaciones se ejecutan en el marco del contrato de servicios públicos domiciliarios, el prestador tiene la facultad de suspender, cortar y dar por terminado el contrato conforme a lo dispuesto en los artículos 140 de la Ley 142 de 1994 y 2.3.1.3.2.5.23 del Decreto 1077 de 2015. Para ejercer estas facultades, es indispensable que el prestador realice una actuación administrativa previa que respete el debido proceso y garantice el derecho a la defensa del usuario. También se debe verificar que la suspensión no afecte derechos constitucionales.Cobro del cargo fijo: estructura y condiciones
En relación con el cobro del cargo fijo, el documento destaca que este corresponde a los costos económicos necesarios para garantizar la disponibilidad permanente del servicio, independientemente del nivel de uso. Así lo establece el artículo 90 de la Ley 142 de 1994, que distingue tres tipos de cargos: cargo por unidad de consumo, cargo fijo y aporte de conexión. Se subraya que el cargo fijo se cobra a quienes cuenten...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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