Aplicación del artículo 155 de la Ley 142 de 1994 en materia de recursos en servicios públicos domiciliarios
Aplicación del artículo 155 de la Ley 142 de 1994 en materia de recursos en servicios públicos domiciliarios
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:13:7
Contexto y alcance del concepto
La Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) es competente para absolver consultas jurídicas externas sobre el régimen de los servicios públicos domiciliarios. El concepto emitido corresponde a una interpretación general de la normativa vigente y no obliga a su cumplimiento o ejecución.
El documento responde a once interrogantes sobre la aplicación del artículo 155 de la Ley 142 de 1994, especialmente en relación con el rechazo de recursos de apelación y la procedencia del recurso de queja.
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