Superintendencia aclara publicación de indicadores para control social en servicios públicos domiciliarios
Superintendencia aclara publicación de indicadores para control social en servicios públicos domiciliarios
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:0:11
Marco normativo y función de la Superintendencia
De acuerdo con el artículo 80 de la Ley 142 de 1994, la Superintendencia tiene la función de diseñar y poner en funcionamiento un sistema de vigilancia y control que apoye las tareas de los comités de desarrollo y control social de los servicios públicos domiciliarios. En línea con esta función, la Resolución CRA 943 de 2021 establece la obligación de los prestadores de publicar anualmente indicadores clave relacionados con la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.