Distancias mínimas para la localización de plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR) según Superservicios
Proviene de: Conceptos
19 de mayo de 2025 11:0:31
Marco normativo y competencia de Superservicios
La Superservicios es competente para absolver consultas jurídicas relacionadas con el régimen de los servicios públicos domiciliarios, en este caso vinculadas al servicio público domiciliario de alcantarillado y sus actividades complementarias, como es el tratamiento de aguas residuales. El concepto emitido corresponde a una interpretación general de la normativa, sin carácter obligatorio o vinculante.Definición y regulación técnica de las PTAR
Según la Ley 142 de 1994, el servicio público domiciliario de alcantarillado incluye la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos líquidos. Las plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR) son instalaciones destinadas a tratar estas aguas y se consideran actividades complementarias de dicho servicio. El reglamento técnico para el sector de agua potable y saneamiento básico (RAS), adoptado mediante la Resolución MVCT 330 de 2017 y modificado por la Resolución MVCT 799 de 2021, establece las definiciones y requisitos técnicos para la planeación, diseño, construcción, operación y mantenimiento de las PTAR.Distancias mínimas para la ubicación de PTAR
El artículo 183 del reglamento técnico (Resolución MVCT 330 de 2017) fija las distancias mínimas que deben respetarse para la localización de PTAR con relación a fuentes de agua para consumo humano, centros poblados, plantas potabilizadoras y tanques de agua. Estas distancias varían según el tipo de tecnología utilizada en la planta y el tipo de infraestructura cercana, y se resumen en la siguiente tabla: | Tipo de PTAR ...Más noticias sobre Medio Ambiente
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