Proyecto de Ley 510 de 2025: Hacia la Regulación Integral de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales en Colombia
Proviene de: Gacetas
15 de mayo de 2025 12:51:47
Objetivo y ámbito del proyecto de ley
El Proyecto de Ley 510 de 2025 tiene como propósito principal regular los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en Colombia, con el fin de fortalecer un sector en crecimiento, fomentar la innovación tecnológica y proteger a los usuarios de activos virtuales. El ámbito de aplicación es principalmente económico y tecnológico, con implicaciones sociales y regulatorias, al reconocer la necesidad de un marco legal claro para esta industria emergente.
Actualmente, el proyecto se encuentra en etapa de primer debate en la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, y su avance dependerá de las deliberaciones y votaciones previstas en el Congreso en las próximas sesiones.
Contexto y problemática que aborda la iniciativa
El surgimiento y expansión de los activos virtuales o criptoactivos ha transformado la economía digital a nivel global. Sin embargo, en Colombia, este mercado se ha desarrollado en un vacío regulatorio que genera incertidumbre jurídica y riesgos para los usuarios y el sistema financiero. Las autoridades regulatorias nacionales han emitido pronunciamientos restrictivos que limitan la interacción entre la industria cripto y el sistema financiero tradicional, mientras que la ausencia de una regulación específica ha impedido la consolidación y el crecimiento ordenado del sector.
Este proyecto surge con el objetivo de solucionar esta problemática, estableciendo reglas precisas para los PSAV, que permitan su formalización, garanticen la transparencia de sus operaciones y mitiguen riesgos como el lavado de activos y la financiación del terrorismo, siguiendo directrices internacionales como las del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Contenido clave del Proyecto de Ley 510 de 2025
El proyecto establece una regulación integral que incluye, entre otros aspectos, los siguientes puntos destacados:
- Definición clara de los PSAV y sus servicios: Se define como PSAV a cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que de forma habitual y profesional preste servicios relacionados con activos virtuales a usuarios en Colombia. Se enumeran servicios específicos como custodia, administración, intercambio, ejecución de órdenes, asesoramiento y gestión de carteras de activos virtuales.
- Creación de un Registro Público de PSAV: A cargo de la Superintendencia de Sociedades, este registro permitirá la inscripción y supervisión de los proveedores obligados, con acceso público a la información relevante para promover la transparencia y confianza.
- Requisitos y obligaciones para los PSAV: Incluye la constitución legal, incorporación de actividades en el objeto social, adopción de medidas contra el lavado de activos conforme a las recomendaciones de la UIAF y GAFI, reporte de información, políticas de protección al usuario y manejo de datos personales, y procesos de atención a quejas y reclamos.
- Divulgación clara de riesgos: Los PSAV deberán informar a los usuarios sobre los riesgos asociados a los activos virtuales, destacando la no consideración de estos como moneda de curso legal y la volatilidad inherente.
- Educación y formación: El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), desarrollará programas de formación permanentes para mitigar la brecha de conocimiento sobre activos virtuales. Los PSAV deberán proporcionar recursos educativos accesibles para sus usuarios.
- Prevención y control de riesgos: Se implementará un sistema de autocontrol y gestión integral del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva, en coordinación con las autoridades competentes.
- Prohibiciones y salvaguardas: Entre las prohibiciones destacan la imposibilidad de transferir o gravar los activos virtuales de usuarios sin su consentimiento y la prohibición de actividades de mercadeo en red o multinivel con activos virtuales.
- Separación patrimonial: Los activos virtuales y recursos de los usuarios en custodia de los PSAV serán separados patrimonialmente, sin pertenecer a los bienes del proveedor ni constituir prenda para sus acreedores.
- Vinculación con el sistema financiero: Se establece la posibilidad de que las entidades supervisadas por la Superintendencia Financiera y de la Economía Solidaria otorguen acceso a productos y servicios financieros a los PSAV, con medidas conjuntas de debida diligencia.
- Facilitación de la bancarización: El proyecto otorga al Banco Agrario la responsabilidad de facilitar servicios y acceso a productos financieros para los PSAV que lo soliciten.
Impacto potencial de la regulación
La aprobación de esta ley podría tener un impacto significativo en varios ámbitos:
- Económico y tecnológico: Brindaría seguridad jurídica a una industria en crecimiento, promoviendo inversión, innovación y desarrollo tecnológico en Colombia, especialmente en la adopción de la tecnología blockchain.
- Protección al consumidor: Al establecer obligaciones claras para los PSAV y mecanismos de divulgación de riesgos, se fortalecería la protección de los usuarios frente a posibles fraudes o prácticas abusivas.
- Prevención de delitos financieros: La regulación fortalece los controles para evitar el lavado de activos y la financiación del terrorismo, contribuyendo a la integridad del sistema financiero y la seguridad nacional.
- Inclusión financiera: La vinculación con el sistema financiero formal y la bancarización de los PSAV facilitarían el acceso a servicios financieros para usuarios y empresas de activos virtuales, ampliando la formalidad y trazabilidad.
- Educación y cultura financiera: La promoción de programas formativos contribuiría a cerrar la brecha de conocimiento sobre activos virtuales, reduciendo riesgos asociados a la desinformación.
Debate y posturas frente al proyecto
El proyecto ha recibido apoyo por parte de congresistas que destacan la necesidad de un marco regulatorio claro para evitar el limbo jurídico actual y aprovechar las oportunidades económicas del sector cripto. Se valora la alineación con estándares internacionales y el enfoque equilibrado entre innovación y control de riesgos.
No obstante, algunos sectores del legislativo y organizaciones civiles han expresado preocupación por la posible rigidez regulatoria que podría limitar la innovación o la participación de modelos descentralizados, así como el riesgo de que la regulación beneficie principalmente a grandes actores centralizados. También se debate la capacidad institucional para supervisar adecuadamente este nuevo sector.
Comparación con regulaciones internacionales
El proyecto se inspira en normativas como la Ley para Mercados de Criptoactivos (MiCA) de la Unión Europea, que establece un marco armonizado para la regulación de activos virtuales en ese bloque, y en experiencias regionales como la Ley 14.478 de Brasil y la Ley Fintech 21521 de Chile, que promueven la innovación tecnológica con garantías a usuarios y reguladores.
Además, incorpora recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en particular la Recomendación 15, que exige regulación y supervisión de los proveedores de servicios de activos virtuales para prevenir el lavado de activos.
Conclusión
El Proyecto de Ley 510 de 2025 representa un paso fundamental para la regulación de los activos virtuales en Colombia, buscando equilibrar la promoción de la innovación tecnológica con la protección de los usuarios y la prevención de riesgos financieros y criminales. Su aprobación permitiría formalizar un mercado en expansión, alineado con las mejores prácticas internacionales y adaptado a la realidad nacional.
El debate legislativo deberá seguir garantizando un enfoque equilibrado, que fomente la competitividad y la seguridad jurídica sin obstaculizar el desarrollo tecnológico y económico del país. Asimismo, es crucial que las autoridades encargadas de la supervisión cuenten con los recursos y capacidades necesarias para implementar efectivamente las disposiciones de la ley, asegurando así un entorno seguro y confiable para todos los actores involucrados.
Con esta regulación, Colombia avanza hacia un ecosistema digital más robusto, inclusivo y transparente, posicionándose como un referente regional en la adopción responsable de tecnologías disruptivas como los activos virtuales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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