CREG modifica cálculo del precio de reconciliación negativa en el sector eléctrico colombiano
Proviene de: Resoluciones
19 de mayo de 2025 11:1:45
Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), entidad encargada de la regulación del sector energético en Colombia, emitió la Resolución CREG 101 075 el 10 de mayo de 2025. Esta resolución fue publicada en el Diario Oficial No. 53.115 el 12 de mayo de 2025 y entró en vigencia a partir de su publicación.Tema principal y destinatarios
El asunto principal de esta resolución es la modificación del literal c) del numeral 2 del artículo 3° de la Resolución CREG 034 de 2001, que establece el cálculo del precio de reconciliación negativa, un componente del cargo por confiabilidad en el Mercado Mayorista de Energía. Los destinatarios principales son los agentes del sector eléctrico, incluidos los generadores, comercializadores y el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), responsables de las liquidaciones y facturaciones relacionadas con este cargo.Objetivo y finalidad
El objetivo de esta resolución es corregir técnicamente las fórmulas utilizadas para el cálculo del precio de reconciliación negativa, en particular el denominador que no reflejaba adecuadamente las cantidades de generación ideal del Tratado de Interconexión Eléctrica (TIE) ni la generación ideal internacional. Esta corrección busca mantener el propósito conceptual del precio, garantizando una liquidación justa y precisa que refleje la realidad del mercado eléctrico.Decisiones y regulaciones contenidas
La resolución modifica puntualmente el literal c) del numeral 2 del artículo 3° de la Resolución CREG 034 de 2001, ajustando las fórmulas para incorporar correctamente las variables de generación ideal mencionadas. Además, se ordena al ASIC realizar los ajustes necesarios en las liquidaciones y facturaciones para que la...Más noticias sobre Energía
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