DIAN establece nuevos horarios laborales y de atención al público en la Dirección Seccional de Manizales
Proviene de: Resoluciones
19 de mayo de 2025 10:59:23
Contexto y emisión de la resolución
La Resolución 00783 de 2025 fue emitida el 9 de mayo de 2025 por la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales, entidad adscrita a la Unidad Administrativa Especial de la DIAN. Este acto administrativo fue publicado en el Diario Oficial No. 53.115 el 12 de mayo de 2025 y es el resultado de la competencia delegada para establecer horarios laborales y de atención, conforme a lo previsto en el Decreto 1742 de 2020 y la Resolución 000084 de 2021, que facultan a los directores seccionales para definir estas condiciones según las necesidades del servicio.
Objeto y destinatarios
El tema central de esta resolución es la definición del horario de trabajo oficial y flexible, así como los horarios de atención presencial y virtual al público en las diferentes sedes y puntos de contacto de la Dirección Seccional de Manizales. Los destinatarios directos de esta normativa son los servidores públicos que laboran en esta dependencia, quienes deberán cumplir con las disposiciones allí establecidas.
Esta regulación es relevante para garantizar un equilibrio entre la eficiencia de la entidad en la prestación de servicios y el bienestar de los empleados, teniendo en cuenta el marco legal que protege los derechos laborales y familiares.
Objetivos de la resolución
La resolución tiene como finalidad principal establecer un horario laboral que:
- Asegure la continuidad y calidad en la prestación del servicio a los usuarios internos y externos.
- Promueva el bienestar integral de los servidores públicos, facilitando la conciliación entre la vida laboral y personal.
- Establezca mecanismos claros para la autorización de horarios flexibles, atendiendo a las condiciones familiares y personales de los empleados.
- Garantice el cumplimiento de los mínimos legales en materia de jornada laboral y atención al público.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece dos horarios de trabajo aplicables a los servidores públicos:
1. Horario oficial: De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 4:30 p. m., en jornada continua, con una hora de almuerzo dividida en dos turnos (12:00 m a 1:00 p. m. y 1:00 p. m. a 2:00 p. m.), asegurando la continuidad del servicio durante toda la jornada.
2. Horario flexible: De lunes a viernes, de 6:30 a. m. a 3:30 p. m., también con jornada continua y una hora de almuerzo en dos turnos (11:45 a. m. a 12:45 p. m. y 12:45 p. m. a 1:45 p. m.). Para acogerse a este horario, el servidor público debe solicitarlo a su jefe inmediato, quien evaluará la viabilidad según las condiciones personales y las necesidades del servicio. Los cambios de jornada solo podrán efectuarse cada seis meses como mínimo.
En cuanto a la atención al público, se fijan horarios específicos para las sedes y puntos de contacto:
- Sede La Estrella-Manizales: Atención presencial y virtual de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (documentación) y de 7:30 a. m. a 3:30 p. m. (servicio al ciudadano).
- Sede Milén-Manizales: Atención presencial y virtual de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (documentación) y de 7:30 a. m. a 3:30 p. m. (servicio al ciudadano).
- Punto de contacto La Dorada-Caldas: Atención presencial de lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Se mantienen vigentes los buzones de correspondencia de entrada y salida establecidos en normativas anteriores.
Los jefes inmediatos tienen la responsabilidad de garantizar el cumplimiento estricto de estos horarios, implementando los controles necesarios en sus áreas. Además, deberán reportar mensualmente los cambios de jornada autorizados al despacho de la Dirección Seccional.
Fundamento legal
La resolución se fundamenta en diversas normas, entre ellas:
- El artículo 70 del Decreto 1742 de 2020, que delega funciones para establecer horarios en las direcciones seccionales.
- El numeral 9 del artículo 3º de la Resolución 000084 de 2021, que reafirma esta delegación.
- El artículo 7º, numeral 2, de la Ley 1437 de 2011, que establece la obligación de las autoridades para garantizar al menos 40 horas semanales de atención personal al público.
- Los incisos 1º y 2º del artículo 5A de la Ley 1361 de 2009, adicionados por la Ley 1857 de 2017, que permiten la adecuación de horarios laborales para facilitar el cumplimiento de deberes familiares.
- El Plan Nacional de Bienestar Integral 2025 de la DIAN, que destaca la importancia del bienestar organizacional y el equilibrio entre la vida personal y laboral.
Impacto potencial
Con esta resolución, la Dirección Seccional de Manizales busca mejorar la gestión del talento humano mediante horarios que respondan tanto a las necesidades institucionales como a las particulares de los servidores públicos. Al ofrecer una opción de horario flexible, se facilita la conciliación de la vida familiar y laboral, contribuyendo al bienestar y satisfacción de los empleados.
Para los usuarios de la DIAN, la regulación garantiza una atención continua y eficiente en las diferentes sedes, tanto presencial como virtual, lo que puede traducirse en un mejor acceso a los servicios tributarios y aduaneros.
Además, la obligación de los jefes inmediatos de controlar y reportar los horarios asegura un manejo transparente y ordenado del recurso humano, evitando posibles desajustes en la prestación del servicio.
Modificaciones y vigencia
La Resolución 00783 de 2025 deroga expresamente las Resoluciones 066 de 2013, 1115 de 2013, 1307 de 2013 y 00655 de 2022, que regían anteriormente los horarios de trabajo y atención en esta Dirección Seccional. Por consiguiente, actualiza y unifica la regulación para adaptarla a las realidades actuales.
Esta norma entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Conclusión
La expedición de la Resolución 00783 de 2025 representa un paso importante en la gestión administrativa de la DIAN en Manizales, orientando la organización del tiempo laboral y la atención al público hacia un modelo más flexible y centrado en el bienestar del servidor público. Este ajuste normativo, basado en fundamentos legales claros y en una política institucional de bienestar integral, busca potenciar la eficiencia y calidad en la prestación de servicios, al tiempo que respeta y facilita las responsabilidades familiares y personales de los funcionarios.
Este ejemplo puede servir de referencia para otras entidades públicas que buscan equilibrar la productividad institucional con el bienestar de sus servidores, en un marco jurídico sólido y actualizado.
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Para consultar la Resolución 00783 de 2025 en fuente oficial, visite el sitio web de la Imprenta Nacional de Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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