Corte Constitucional confirma responsabilidad patrimonial por insubsistencia tácita sin motivación
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:13:51
Antecedentes del caso
El proceso se originó en una acción de tutela presentada en marzo de 2024 contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas, que en octubre de 2023 declaró responsable patrimonialmente a una funcionaria que, en 2006, en ejercicio de sus funciones como jueza civil municipal, profirió la resolución que declaró la insubsistencia tácita de un asistente judicial nombrado en provisionalidad. El asistente judicial había solicitado la nulidad de dicha resolución, argumentando que nunca renunció ni laboró durante el periodo señalado y que su desvinculación se basó en una falsa motivación relacionada con el incremento de la factura telefónica por llamadas a una línea caliente. El juzgado de primera instancia anuló la resolución y ordenó su reintegro con el pago de salarios e indemnizaciones. Posteriormente, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial interpuso acción de repetición contra la jueza, solicitando su responsabilidad patrimonial por daños al erario público, derivada de la expedición de la resolución sin motivación adecuada y sin considerar la evolución jurisprudencial sobre la estabilidad laboral de funcionarios en provisionalidad.Decisiones judiciales previas
El Tribunal Administrativo de Caldas, en segunda instancia, confirmó parcialmente la decisión de primera instancia pero revocó el descuento de las sumas recibidas por el funcionario en otro empleo público, ordenando el pago total de salarios e indemnizaciones. La acción de tutela presentada contra esta sentencia fue declarada improcedente por la Sección Tercera y la Sección Quinta del Consejo de Estado, argumentando que no se acreditó la amenaza o vulneración de derechos fundamentales y que la tutela no puede usarse para reabrir debate probatorio.Consideraciones de la Corte Constitucional
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