Consejo de Estado confirma legalidad de registros marcarios de "Trasteos Medellín"
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:57:14
Contexto del caso y objeto del litigio
El proceso judicial se originó por la demanda presentada contra las resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante las cuales se concedieron registros de marcas mixtas y nominativas denominadas "Trasteos Medellín" para servicios en las clases 35 y 39 de la Clasificación Internacional de Niza. La parte demandante alegó la vulneración de sus derechos adquiridos sobre el uso del nombre comercial "Trasteos Medellín", argumentando que la SIC concedió los registros a un tercero a pesar de su uso previo y acusando mala fe en la conducta del titular registral.Uso del nombre comercial y derechos adquiridos
La Sala examinó rigurosamente la prueba aportada para acreditar el uso real, efectivo y constante del nombre comercial por parte de la demandante. Aunque esta había inscrito un establecimiento de comercio con dicho nombre desde 1987 y mantenía la matrícula mercantil vigente, no se presentó evidencia suficiente de actividades comerciales efectivas bajo ese nombre, como facturas, documentos contables o certificaciones de auditoría que demostrasen la comercialización de servicios bajo la marca. Asimismo, los documentos aportados, como recibos de pago de arrendamiento y publicaciones sin fecha clara, no fueron suficientes para acreditar un uso continuo y previo del nombre comercial "Trasteos Medellín" antes de la solicitud de registro de las marcas por parte del tercero interesado, quien efectuó dichas solicitudes en 2008 y años siguientes.Prohibición de registro por similitud y mala fe
La acción también alegaba que el registro de las marcas por parte del tercero se hizo de mala fe, aprovechándose del supuesto derecho previo sobre el nombre...Más noticias sobre Derecho Comercial
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