Consejo de Estado niega medida cautelar contra resolución del Ministerio de Minas y Energía
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:56:2
Antecedentes del caso
El 18 de abril de 2024 se presentó una demanda de nulidad simple contra la Resolución No. 40775 de 2023, emitida por el Ministerio de Minas y Energía, que modifica la Resolución 40043 de 2021. La modificación incluye la incorporación de la “transición energética justa, segura, confiable y eficiente” entre los objetivos de los proyectos financiados con los recursos del incentivo a la exploración, producción y formalización.
Junto con la demanda, se solicitó la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de la resolución, argumentando una supuesta violación a diversas disposiciones constitucionales y legales, además de una posible vulneración del debido proceso administrativo.
Trámite y pronunciamientos
La demanda fue admitida el 8 de agosto de 2024 y se ordenó notificar al Ministerio de Minas y Energía para que respondiera la solicitud de medida cautelar. La entidad respondió rechazando la suspensión, señalando que los argumentos presentados correspondían al fondo del asunto y no a la solicitud de medida cautelar, y que no se cumplían los requisitos legales para decretarla.
El Ministerio Público también emitió concepto, recomendando negar la medida cautelar y argumentando que la resolución se ajusta a la normativa vigente, en particular a lo establecido en la Ley 2294 de 2023, que promueve la transición energética segura, confiable y eficiente en el Plan Nacional de Desarrollo.
Consideraciones del Consejo de Estado
La Sala recordó que para decretar una medida cautelar es necesario que la solicitud esté debidamente sustentada, explicando claramente las normas presuntamente vulneradas y la necesidad de la suspensión provisional. En este caso, la parte demandante no cumplió con la carga argumentativa requerida, limitándose a señalar disposiciones sin demostrar cómo la resolución las infringía.
Además, se constató que la modificación introducida por la resolución cuestionada está en consonancia con el Plan Nacional de Desarrollo, y que sí se publicó el informe de observaciones y respuestas en la página web del Ministerio, contrario a lo afirmado en la demanda.
Decisión final
En consecuencia, el Consejo de Estado decidió negar la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de la Resolución No. 40775 de 2023, por falta de sustento suficiente y ausencia de violación normativa evidente.
Esta decisión mantiene vigente la resolución del Ministerio de Minas y Energía, que busca incorporar el enfoque de transición energética dentro de los proyectos financiados con recursos del incentivo a la exploración y producción, conforme a la legislación vigente y el Plan Nacional de Desarrollo.
Esta providencia destaca la importancia de fundamentar adecuadamente las solicitudes de medidas cautelares en procesos de nulidad administrativa y reafirma la competencia del magistrado ponente para resolver estas solicitudes, según lo establecido en la Ley 1437 de 2011 y sus modificaciones, garantizando así la correcta aplicación del debido proceso y la seguridad jurídica en el sector energético.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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