Consejo de Estado confirma liquidación de costas en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:11:50
Antecedentes del caso
En agosto de 2015, se presentó una demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa contra la Nación, representada por la Rama Judicial, la Fiscalía General y la Sociedad de Activos Especiales (SAE), debido a una presunta falla del servicio en un proceso de extinción de dominio sobre unos inmuebles. En febrero de 2021, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la caducidad y negó las pretensiones de la demanda. Adicionalmente, estableció la obligación de la parte demandante de pagar las agencias en derecho a favor de los demandados, fijando los montos correspondientes según la participación procesal de cada entidad. Posteriormente, en abril de 2022, la Secretaría del Tribunal liquidó las agencias en derecho conforme a la decisión y en mayo de 2022, el Tribunal aprobó dicha liquidación de costas.Recurso y análisis del Consejo de Estado
La parte demandante interpuso recurso de reposición y, en subsidio, de apelación contra el auto que aprobó la liquidación, argumentando que la cuantía de las pretensiones se había reducido durante el proceso y que, por tanto, el monto de las agencias debía ajustarse según un acuerdo posterior del Consejo Superior de la Judicatura. El Consejo de Estado, en su análisis, recordó que la liquidación y ejecución de condenas en costas se rige por el Código General del Proceso (CGP) y que el recurso adecuado para controvertir el monto es la apelación contra el auto que aprueba la liquidación. Además, destacó que el monto fijado por el tribunal se ajustó a las tarifas vigentes al momento de la radicación de la demanda, contenidas en el Acuerdo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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