Consejo de Estado confirma caducidad de demanda por reparación directa tras accidente vial en Magdalena
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:4:35
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en decisión reciente, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra el rechazo de una demanda por reparación directa presentada por familiares de una persona fallecida en un accidente vial ocurrido en el corregimiento de Tasajera, municipio de Pueblo Viejo, Magdalena. El accidente, que involucró la explosión de un camión tipo cisterna, causó graves daños materiales y la muerte de la víctima.
Contexto y antecedentes del caso
La demanda se presentó contra diversas entidades públicas, entre ellas el Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional, el Ministerio de Transporte, el Departamento del Magdalena, la Agencia Nacional de Infraestructura y el municipio de Pueblo Viejo, así como contra empresas privadas vinculadas al transporte y combustible. La pretensión era que se declarara la responsabilidad patrimonial de todas estas entidades por los perjuicios materiales e inmateriales derivados del fallecimiento. El Tribunal Administrativo del Magdalena rechazó inicialmente la demanda por considerar que había operado la caducidad del medio de control de reparación directa, conforme al artículo 164 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), dado que la demanda fue presentada fuera del término legal de dos años contados desde el hecho causante del daño.Fundamentos jurídicos y análisis de caducidad
El Consejo de Estado recordó que la caducidad es un mecanismo jurídico de orden público que establece plazos perentorios e irrenunciables para el ejercicio de acciones judiciales, con el fin de garantizar la seguridad jurídica y evitar la paralización del tráfico jurídico. Para el medio de control de reparación directa, el término es de dos años...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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