Consejo de Estado anula permiso de demolición y ordena indemnización por daño patrimonial en Cartago
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:13:0
Antecedentes del caso
Se presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra el Municipio de Cartago por la expedición de un permiso de demolición en julio de 1995 para un inmueble ubicado en el sector antiguo de la ciudad, sin contar con la autorización previa requerida por la normativa de protección del patrimonio histórico. La demolición causó daños y depreciación a un inmueble vecino, cuyos propietarios reclamaron reparación integral.Normatividad aplicable y violaciones
El permiso cuestionado no contó con la aprobación previa del Consejo de Monumentos Nacionales, requisito esencial según el artículo 17 del Decreto 264 de 1963, reglamentario de la Ley 163 de 1959. La edificación se encontraba en un sector declarado como patrimonio histórico, por lo que la autorización administrativa para demoler debía ajustarse a estos lineamientos. Además, no se garantizó el derecho de defensa ni se notificó adecuadamente a los afectados, lo que vulnera normas constitucionales y legales relacionadas con la participación y el debido proceso.Decisiones judiciales y recursos
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca declaró la nulidad del permiso y condenó solidariamente al Municipio y al titular del inmueble demolido al pago de una indemnización. Sin embargo, en segunda instancia, el Consejo de Estado revocó la responsabilidad solidaria del particular, señalando que la acción de nulidad y restablecimiento del derecho solo corresponde para cuestionar actos administrativos, no para extender responsabilidades a particulares. El municipio alegó que la demolición se justificó por el riesgo de ruina del inmueble y que cumplió con las notificaciones legales. También planteó la caducidad de la acción, argumentando que la demanda no fue presentada dentro...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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