Confirmada sanción por falta de diligencia profesional a abogada en proceso disciplinario
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:10:11
Contexto y antecedentes del caso
En diciembre de 2020, un ciudadano contrató a una abogada para que presentara un incidente de desacato dentro de una acción de tutela en curso. Por este servicio, le pagó honorarios por la suma de $200.000. Sin embargo, la abogada no realizó ninguna gestión relacionada con el encargo. Durante el proceso disciplinario, la abogada explicó que perdió los contactos de su cliente debido a un accidente con su teléfono móvil, lo que dificultó la comunicación, pero no presentó ninguna otra justificación para la inactividad.
Procedimiento disciplinario y pruebas
Se abrió un proceso disciplinario y se realizaron varias audiencias donde se presentaron pruebas, entre ellas: recibos de pago, documentos relacionados con la tutela, informes de consulta a la plataforma judicial y facturas personales de la abogada. El denunciante manifestó que, pese a múltiples solicitudes, no recibió información sobre el avance del trámite, y que la abogada incumplió su encargo profesional.
Decisión de la comisión seccional y ratificación
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá declaró a la abogada responsable de la falta prevista en el numeral 1° del artículo 37 de la Ley 1123 de 2007, en concordancia con el numeral 10° del artículo 28 de la misma ley, que establece el deber de atender con diligencia los encargos profesionales. Se le impuso la sanción de censura, considerando la negligencia, la afectación al cliente y la mala imagen proyectada para la profesión.
Posteriormente, en grado jurisdiccional de consulta, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción. Se destacó que la pérdida de contactos no exime de responsabilidad, ya que el...
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