Modificación de sanción disciplinaria a abogado por remuneración desproporcionada en gestión pensional
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:10:9
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial resolvió modificar la sentencia dictada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá que había excluido del ejercicio profesional a un abogado por violar múltiples deberes previstos en la Ley 1123 de 2007, relacionados con una gestión de reconocimiento de pensión de sobrevivientes para una persona adulta mayor.
Hechos relevantes y contexto
La quejosa, persona adulta mayor con escasa escolaridad y condiciones de vulnerabilidad, acudió al abogado para solicitar asesoría y representación en un proceso administrativo y judicial ante la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). Para ello, se suscribió un contrato de “sociedad en la prestación de servicios logísticos, asesoría y consultoría legal profesional integral”, en el cual se pactó que el 100% de las utilidades económicas obtenidas por la gestión serían para el abogado, distribuidas en un 35% para la prestación de servicios, 35% para compensación de gastos y 30% como prima de éxito.
Tras la obtención favorable del reconocimiento pensional, el abogado recibió más de 58 millones de pesos, entregando a la cliente una suma mucho menor en efectivo y mediante tarjeta débito. Se evidenció que la supuesta intervención de una sociedad tercera para sufragar gastos procesales no tuvo respaldo probatorio suficiente.
Evaluación disciplinaria y fundamentos jurídicos
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá sancionó inicialmente al abogado con exclusión del ejercicio profesional por incurrir en faltas relacionadas con la violación de deberes profesionales y la obtención de beneficios desproporcionados, además de la falta de transparencia y diligencia en la rendición de cuentas.
Sin embargo, en apelación,...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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