Comisión Nacional de Disciplina Judicial sanciona a abogado por incumplimiento durante suspensión profesional
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:13:20
Antecedentes del caso
La actuación disciplinaria se inició para investigar si un abogado, en calidad de apoderado, ejerció funciones profesionales durante su suspensión. La investigación se basó en hechos ocurridos en un trámite administrativo ante el Ministerio de Defensa Nacional, en el que el profesional no renunció ni sustituyó el poder conferido para representar a su cliente, a pesar de estar suspendido del ejercicio profesional por tres meses.
Durante el proceso, se verificó que el abogado tenía una suspensión vigente en el periodo investigado y que mantuvo el poder para actuar en el trámite administrativo, lo que configuró una infracción al régimen de incompatibilidades para el ejercicio de la profesión, según el artículo 39 de la Ley 1123 de 2007 y el numeral 4 del artículo 29 del mismo cuerpo normativo.
Decisión en primera instancia
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial aplicó una sanción de suspensión por tres meses, argumentando que el profesional violó deberes éticos y legales al no renunciar ni sustituir el poder otorgado durante su suspensión. Se concluyó que el abogado actuó con dolo, pues conocía la sanción y, aunque afirmó no haber realizado actuaciones, mantuvo vigente el mandato y recibió el pago derivado del trámite administrativo.
Recurso de apelación y decisión de la Comisión Nacional
El abogado interpuso recurso de apelación, alegando que las actuaciones reprochadas ocurrieron fuera del periodo de suspensión y solicitando reconsiderar la sanción. También invocó causales de exclusión de responsabilidad disciplinaria contempladas en la Ley 1123 de 2007.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, competente para conocer del caso, confirmó la responsabilidad disciplinaria del abogado, determinando que la conducta...
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