Magistrado salva voto en decisión sobre sanción disciplinaria a abogado por inasistencia a audiencia
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:4:45
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial sancionó a un abogado con suspensión de dos meses en el ejercicio profesional por incumplimiento del deber previsto en la Ley 1123 de 2007, debido a su inasistencia a una audiencia de juicio oral para la cual había sido debidamente notificado. Sin embargo, el magistrado ponente decidió salvar su voto, mostrando disenso tanto sobre la imposición de la sanción como sobre la declaratoria misma de responsabilidad disciplinaria.
El magistrado señaló que la decisión mayoritaria no fundamentó de manera adecuada los criterios esenciales para graduar la sanción, tales como el perjuicio causado, la trascendencia social de la conducta y las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta. Estos criterios son determinantes en la responsabilidad disciplinaria y deben estar debidamente probados y argumentados para sustentar la sanción impuesta.
En su análisis, el magistrado recordó que la Ley 1123 de 2007 establece distintas sanciones disciplinarias —censura, multa, suspensión y exclusión— y que la aplicación de estas debe atender a criterios generales, de atenuación y agravación, siempre bajo los principios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad. Además, enfatizó que algunos criterios, como la trascendencia social y el perjuicio causado, son privativamente negativos y deben aplicarse con cautela.
Respecto al caso concreto, el magistrado consideró que no había evidencia suficiente que demostrara que la conducta del abogado tuviera un impacto social más allá de la relación con su cliente, ni que el perjuicio ocasionado fuera probado. También cuestionó la afirmación de que el abogado habría planeado un viaje para evadir la audiencia, ya que no existía prueba concluyente en ese sentido.
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