La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción a abogado por retención indebida de dineros de poderdante
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 11:14:17
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial conoció del recurso de apelación presentado por un abogado contra la sentencia proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial, que lo declaró responsable de incurrir en falta disciplinaria según el artículo 35 numeral 4 y la violación del deber profesional del artículo 28 numeral 8 de la Ley 1123 de 2007, con agravante por la utilización en provecho propio de dineros de su poderdante.
El caso se originó a partir de una queja presentada por un particular, representado por el abogado en acciones de tutela para el cobro de acreencias laborales reconocidas y pagadas por la Secretaría de Educación de un departamento. El abogado recibió dos sumas de dinero, correspondientes a las acreencias laborales y abonos a deuda pendiente, de las cuales solo entregó una parte al cliente, reteniendo el resto, incluido un porcentaje correspondiente a honorarios pactados.
Durante el proceso disciplinario, se acreditó la calidad de abogado del sancionado y se evidenció la inexistencia de sanciones previas. La Comisión Seccional de Disciplina Judicial concluyó que el abogado había incumplido su deber profesional de honradez al no entregar oportunamente los dineros recibidos, conducta calificada como dolosa. En consecuencia, fue sancionado con suspensión del ejercicio profesional por doce meses y multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El abogado interpuso recurso de apelación argumentando falta de pruebas suficientes y la prescripción de la acción disciplinaria debido al tiempo transcurrido desde los hechos. Sin embargo, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial determinó que la conducta tuvo carácter permanente, ya que la retención del dinero se mantuvo...
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