Confirmada suspensión disciplinaria a abogado por abandono de defensa
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:52:56
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial resolvió el recurso de apelación presentado contra la decisión que sancionó a un abogado por incurrir en la falta descrita en el numeral 1º del artículo 37 de la Ley 1123 de 2007, relacionada con el abandono de las diligencias propias de la actuación profesional, y la infracción del deber señalado en el numeral 10º del artículo 28 de la misma ley, que exige atender con celosa diligencia los encargos profesionales. La sanción impuesta fue la suspensión en el ejercicio de la profesión por seis meses.
Contexto del caso y actuación procesal
El proceso disciplinario se originó a partir de una orden judicial de compulsar copias debido a la reiterada inasistencia injustificada del abogado a audiencias en las que actuaba como defensor de una persona privada de la libertad. A pesar de la apertura del proceso y la designación de defensora de oficio ante su no comparecencia, el abogado no justificó sus ausencias ni renunció formalmente al mandato. Durante el desarrollo del proceso penal, el abogado asistió a varias audiencias inicialmente, pero posteriormente dejó de presentarse en múltiples ocasiones consecutivas, sin que mediara justificación válida. La conducta fue advertida por la autoridad judicial y reportada en el expediente disciplinario.Decisión y fundamentos de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial
La Comisión confirmó la responsabilidad disciplinaria del abogado, destacando que la falta de asistencia reiterada y la ausencia de renuncia formal al mandato constituyen un incumplimiento grave de los deberes profesionales. La conducta afectó la defensa técnica de una persona privada de la libertad, comprometiendo la administración de justicia y...Más noticias sobre Derecho Privado
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