Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma sanción por abandono de defensa de oficio
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:52:26
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial revisó en grado jurisdiccional de consulta una sentencia proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Sucre, que impuso una sanción de censura a un abogado debido a su inasistencia injustificada a audiencias programadas en un proceso disciplinario.
El caso se centró en la falta contemplada en el numeral 1º del artículo 37 de la Ley 1123 de 2007, que establece como falta a la debida diligencia profesional demorar o abandonar las gestiones encomendadas. Además, se acreditó la violación del deber de diligencia profesional previsto en el numeral 10º del artículo 28 de la misma ley.
El profesional fue designado como defensor de oficio en un proceso disciplinario contra otro abogado, y a pesar de estar debidamente notificado para asistir a las audiencias de pruebas y calificación provisional en las fechas establecidas, no compareció sin justificación alguna. Durante el proceso, se reconoció que el abogado sufrió una condición de salud que afectó su desempeño, pero esta circunstancia no fue considerada suficiente para eximirlo de su responsabilidad.
La inasistencia reiterada implicó perjuicios significativos para la administración de justicia, afectando la inversión de recursos técnicos, humanos y financieros destinados a las audiencias programadas. La Comisión resaltó que el abogado debería haber justificado su ausencia, sustituido o renunciado al encargo para evitar la dilación del proceso.
En cuanto a la sanción, la Comisión aplicó la censura basándose en los criterios de trascendencia social, modalidad de conducta y perjuicio causado, tal como lo establece el artículo 45 de la Ley 1123 de 2007. Se resaltó que la conducta del profesional generó...
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