Tribunal Administrativo confirma respuesta de la Policía Nacional frente a petición de información
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:51:26
Antecedentes del caso
En febrero de 2025 se presentó una acción de tutela contra la Policía Nacional, solicitando la protección del derecho fundamental de petición. La demanda se originó a partir de una solicitud realizada en diciembre de 2024, en la que se pidió información sobre la existencia de algún pago pendiente o cancelado a favor del accionante o de su apoderado. La entidad no emitió respuesta al correo electrónico al que se dirigió la petición. El juzgado de primera instancia negó la tutela argumentando que el accionante no acreditó la radicación válida de la petición ante la entidad, pues solo aportó constancia del envío a un correo electrónico que no hace parte de la Policía Nacional. Además, la Policía Nacional presentó un informe en el que indicó que no existía registro de pagos pendientes o causados a nombre del solicitante o su apoderado. La decisión fue impugnada, pero la Sala confirmó el fallo.Consideraciones jurídicas
El Tribunal examinó si la Policía Nacional vulneró el derecho fundamental de petición al no emitir una respuesta clara, precisa y de fondo. Se concluyó que la solicitud no fue radicada en un canal oficial de la entidad, sino en un correo electrónico externo, por lo que no se configuró la obligación de respuesta. No obstante, una vez admitida la tutela, la Policía Nacional brindó una respuesta clara y congruente dentro del término legal. Se recordó que la acción de tutela es un mecanismo subsidiario y excepcional para proteger derechos fundamentales, que no sustituye otros medios ordinarios de defensa. En este caso, se verificó que se cumplieron los requisitos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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