Tribunal Administrativo de Córdoba confirma responsabilidad del Departamento en sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:51:7
Antecedentes del caso
El proceso judicial se originó a partir de una demanda presentada contra la Nación, el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag) y el Departamento de Córdoba. La demandante, docente vinculada al sector público, solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales, las cuales fueron reconocidas mediante resolución emitida por la Secretaría de Educación Departamental y pagadas con retraso.
El pago tardío generó la solicitud del reconocimiento de la sanción moratoria conforme a las Leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, petición que fue negada por el Departamento de Córdoba y el Fomag. La demanda buscaba la nulidad del oficio de negativa y el pago de la sanción, incluyendo la actualización monetaria conforme a la variación del índice de precios al consumidor.
Marco normativo y jurisprudencial
El Tribunal revisó el marco jurídico aplicable, destacando que la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006 establecen plazos estrictos para el reconocimiento y pago de cesantías: 15 días hábiles para expedir el acto administrativo de reconocimiento y 45 días hábiles para efectuar el pago, sumando un total de 70 días. El incumplimiento genera el pago de una sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso.
La Ley 1955 de 2019 introdujo modificaciones relevantes, asignando a las entidades territoriales la responsabilidad directa de pagar sanciones moratorias derivadas de demoras atribuibles a ellas, mientras que el Fomag asume solamente el pago de las cesantías. Además, prohibió que los recursos del Fomag se utilicen para indemnizaciones económicas por vía judicial o administrativa.
El Tribunal...
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