Tribunal Administrativo de Córdoba confirma responsabilidad compartida en sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:50:55
El Tribunal Administrativo de Córdoba, en segunda instancia, analizó el recurso interpuesto por el Ministerio de Educación y el Fomag contra la sentencia que concedió parcialmente las pretensiones de una demanda relacionada con la sanción moratoria por el pago tardío de cesantías a un docente del sector público.
Contexto y antecedentes del caso
El proceso se originó por la solicitud presentada por un docente para el reconocimiento y pago de sus cesantías. La entidad territorial expidió la resolución de reconocimiento con retraso, y el pago efectivo se realizó varios meses después, superando los 70 días hábiles previstos para la entrega de este beneficio. Debido a este retraso, el docente reclamó el pago de la sanción moratoria establecida en las leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, la cual fue inicialmente negada por las entidades demandadas. En primera instancia, el juzgado concedió el derecho a la sanción moratoria, ordenando al Departamento de Córdoba y al Fomag reconocer y pagar la multa proporcional al tiempo de mora causado por cada uno. El Fomag apeló esta decisión argumentando que la responsabilidad recaía exclusivamente en la entidad territorial, debido a que la sanción se generó con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1955 de 2019, que modificó el régimen de responsabilidades.Marco normativo y jurisprudencial aplicable
La Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006 establecen que la entidad empleadora debe expedir el acto administrativo de reconocimiento de cesantías en un plazo máximo de 15 días hábiles y efectuar el pago en los 45 días hábiles siguientes a la ejecutoria del acto. En...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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