Tribunal Administrativo de Córdoba confirma condena por sanción moratoria en pago tardío de cesantías a docente departamental
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:50:58
Contexto y antecedentes del caso
La demanda fue interpuesta por una docente departamental contra el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag) y el Departamento de Córdoba, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el pago tardío de sus cesantías parciales. La petición se basó en el incumplimiento de los términos legales previstos en las leyes 1071 de 2006 y 1955 de 2019, que regulan los plazos para el reconocimiento y pago de cesantías a servidores públicos.
El Departamento de Córdoba y el Fomag negaron inicialmente el reconocimiento de la sanción, argumentando que la responsabilidad correspondía al Fondo y no a la entidad territorial, y que el trámite se cumplió dentro de los términos legales. Sin embargo, el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Montería concedió parcialmente la demanda, ordenando al Departamento de Córdoba el pago de la sanción moratoria correspondiente a 10 días de retraso.
Marco normativo y análisis jurídico
La Sala revisó detalladamente el marco normativo aplicable, en particular las leyes 244 de 1995, 1071 de 2006 y 1955 de 2019, así como la jurisprudencia del Consejo de Estado que determina los plazos para la expedición del acto administrativo de reconocimiento y el pago de cesantías. Se recordó que el plazo máximo para el pago es de 70 días hábiles desde la radicación de la solicitud, y que el incumplimiento genera una sanción moratoria equivalente a un día de salario por día de retraso.
Con la Ley 1955 de 2019 se estableció que los recursos del Fomag sólo pueden...
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