Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:50:36
Contexto del caso
El tribunal resolvió el recurso de apelación presentado por el departamento de Córdoba contra una sentencia previa que ordenó el pago de una sanción moratoria a una docente de la región. La docente solicitó el reconocimiento y pago de sus cesantías parciales en julio de 2020 ante el Ministerio de Educación Nacional y el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag). Aunque se reconoció la cesantía mediante acto administrativo en enero de 2021, el pago fue hecho efectivo en marzo del mismo año, con un retraso que generó una mora de 148 días.Responsabilidad y normatividad aplicable
La sanción moratoria prevista en la Ley 244 de 1995 y modificada por la Ley 1071 de 2006 establece que el empleador debe pagar un día de salario por cada día de retraso en el pago de cesantías. El tribunal aplicó además el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019, que atribuye a la entidad territorial la responsabilidad del pago de sanciones por mora cuando el retraso se genera por su incumplimiento en los trámites de reconocimiento o radicación de la solicitud. El procedimiento para el reconocimiento y pago de cesantías está reglamentado por el Decreto 942 de 2022, que fija plazos claros para que la entidad territorial expida el acto administrativo en un máximo de 15 días hábiles desde la radicación completa de la solicitud y para que el Fomag realice el pago en un plazo de 45 días hábiles posteriores a la ejecutoria del acto.Decisión y fundamentación
El tribunal determinó que la solicitud de reconocimiento de cesantías fue presentada el 3 de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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