Tribunal administrativo confirma existencia de contrato realidad docente entre una docente y el municipio
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:50:23
El Tribunal Administrativo de Córdoba resolvió el recurso de apelación interpuesto por el Municipio de San Bernardo del Viento contra la sentencia que accedió parcialmente a las pretensiones de una docente, quien solicitó la nulidad del acto administrativo que negó el reconocimiento de una relación laboral y el pago de prestaciones sociales entre 1991 y 1995.
La demandante fue vinculada mediante contratos de prestación de servicios para desempeñar funciones docentes, pero alegó que existió una verdadera relación laboral encubierta, debido a la prestación personal del servicio, la remuneración y la subordinación, elementos esenciales para configurar un vínculo laboral.
El Municipio sostuvo que la contratación se ajustó a la Ley 80 de 1993 y que no existió subordinación, pues la docente era contratista independiente. Además, alegó prescripción y caducidad de la acción.
La sentencia de primera instancia reconoció la existencia de la relación laboral durante varios períodos, basándose en la presunción de subordinación en el caso de docentes, quienes cumplen jornadas laborales según el calendario académico y están sujetos a directrices de autoridades educativas, lo que implica falta de autonomía.
Argumentos en la apelación
En la apelación, el Municipio argumentó que no se probaron los elementos de la relación laboral, especialmente la subordinación, ya que la naturaleza de la labor docente requiere dedicación sin que ello implique subordinación laboral. El Tribunal recordó que según el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, prevalece la realidad sobre la forma en determinar el tipo de vinculación. Además, citó la jurisprudencia unificada del Consejo de Estado, que establece que la subordinación en el contrato realidad docente se presume debido...Más noticias sobre Derecho Laboral
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