Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:50:16
El Tribunal Administrativo de Córdoba, mediante su Sala Cuarta de Decisión, resolvió un recurso de apelación relacionado con la sanción moratoria por pago tardío de cesantías en el sector educativo estatal del departamento. La controversia surgió tras la solicitud presentada por un docente para el reconocimiento y pago parcial de sus cesantías, cuya tramitación y pago se efectuaron fuera de los términos legales establecidos.
Contexto del caso
El docente presentó la solicitud de cesantías aportando la documentación completa el 7 de enero de 2020. Sin embargo, la entidad territorial encargada, la Secretaría de Educación Departamental, expidió el acto administrativo de reconocimiento con retraso, el 25 de junio de 2020, superando el plazo máximo de 15 días hábiles previsto en la Ley 244 de 1995, modificada por la Ley 1071 de 2006. El pago efectivo fue realizado por la fiduciaria el 13 de agosto de 2020, dentro del término de 45 días hábiles posteriores a la recepción del acto administrativo.Fundamentos normativos y jurisprudenciales
La normativa aplicable establece que la entidad empleadora debe expedir el acto administrativo de reconocimiento en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la radicación completa de la solicitud, y realizar el pago en un plazo máximo de 45 días hábiles desde que el acto quede en firme. En caso de incumplimiento, la entidad debe pagar una sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso. El Consejo de Estado ha precisado que el cómputo de la sanción moratoria inicia a partir de la radicación completa de la solicitud y finaliza cuando se realiza el pago efectivo....Más noticias sobre Derecho Administrativo
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