Tribunal administrativo de Córdoba aclara responsabilidad en sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:49:44
Antecedentes y contexto del caso
El caso se originó tras la solicitud de reconocimiento y pago de cesantías parciales presentada por un docente ante el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y el Departamento de Córdoba. La solicitud fue reconocida mediante acto administrativo emitido por la Secretaría de Educación del Departamento, pero el pago se efectuó fuera del plazo legal de 70 días hábiles, generando una sanción moratoria.
Posteriormente, se solicitó el reconocimiento y pago de dicha sanción moratoria, que fue negado por la entidad demandada mediante oficio administrativo. El demandante interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho reclamando el pago de la sanción, conforme a lo establecido en la Ley 244 de 1995 y Ley 1071 de 2006.
Decisiones en primera y segunda instancia
En primera instancia, el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería accedió parcialmente a la demanda, condenando al Ministerio de Educación Nacional y al FOMAG a reconocer y pagar la sanción moratoria por el retraso en el pago de cesantías, equivalente a un día de salario por cada día de retardo. Sin embargo, negó otros pedidos relacionados con ajustes por inflación y pago de intereses moratorios.
Ambas partes presentaron recursos de apelación. La entidad demandada cuestionó su responsabilidad, señalando que el ente territorial debía asumir el pago debido a la generación tardía y notificación del acto administrativo. Por su parte, el demandante apeló para que se ordenara el ajuste del valor reconocido conforme al índice de precios al consumidor, basado en precedentes jurisprudenciales.
Responsabilidad de las entidades y ajuste de la...
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