Tribunal Administrativo de Córdoba modifica sanción moratoria por pago extemporáneo de cesantías a docente
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:49:38
El Tribunal Administrativo de Córdoba, en segunda instancia, decidió sobre el recurso de apelación presentado tanto por la parte demandante como por la entidad territorial contra la sentencia inicial que reconoció la sanción moratoria por el pago extemporáneo de cesantías parciales a una docente vinculada a los servicios educativos estatales del departamento.
Contexto del caso
La docente solicitó el reconocimiento y pago de sus cesantías parciales en marzo de 2021. La Secretaría de Educación del departamento reconoció la prestación mediante resolución expedida en mayo de 2021. Sin embargo, el pago efectivo se realizó hasta septiembre de 2021, superando los plazos legales previstos. Por ello, se reclamó el pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 244 de 1995, modificada por la Ley 1071 de 2006, y en el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019, que establece la responsabilidad de la entidad territorial en estos casos.
Fundamentos legales y jurisprudencia aplicables
El tribunal analizó las disposiciones vigentes, entre ellas la Ley 244 de 1995, la Ley 1071 de 2006, el Decreto 1272 de 2018, y la Ley 1955 de 2019, además de la jurisprudencia relevante del Consejo de Estado. Se destacó que el plazo para expedir el acto administrativo de reconocimiento es de 15 días hábiles desde la solicitud, y el pago debe realizarse dentro de los 45 días hábiles siguientes a la ejecutoria del acto.
El concepto de sanción moratoria implica un día de salario por cada día de retraso en el pago. El tribunal recordó que la responsabilidad en el pago de esta sanción recae sobre la entidad territorial cuando el...
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