Confirman sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente en Córdoba
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:49:40
Contexto del caso y antecedentes
El caso tiene origen en la solicitud presentada por un docente del Departamento de Córdoba para el reconocimiento y pago de cesantías parciales. Aunque la solicitud fue radicada ante el Ministerio de Educación y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FNPSM) el 5 de abril de 2021, el pago se efectuó el 17 de noviembre del mismo año, superando el plazo máximo legal de 70 días hábiles. Ante esta situación, se solicitó el reconocimiento de la sanción moratoria establecida en la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006, que consiste en un día de salario por cada día de retardo en el pago.
La Secretaría de Educación del Departamento de Córdoba reconoció las cesantías mediante resolución emitida el 24 de agosto de 2021, pero con una fecha interna de radicación de la solicitud distinta a la registrada inicialmente. La Fiduprevisora, entidad encargada del pago, efectuó la consignación dentro del plazo de 45 días posteriores a la aprobación del acto administrativo.
Decisiones judiciales y análisis normativo
El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del acto administrativo que negó el pago de la sanción moratoria y condenó al Departamento de Córdoba a reconocer y pagar dicha sanción, al considerar que la demora se originó en el trámite bajo su responsabilidad. La sanción fue calculada por 121 días de mora, tomando como fecha inicial la radicación de la solicitud en el aplicativo oficial.
En apelación, el Departamento de Córdoba argumentó que la fecha válida para iniciar el conteo debía ser la indicada en la resolución administrativa (8...
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