Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:49:34
La Sala Cuarta del Tribunal Administrativo de Córdoba resolvió el recurso de apelación interpuesto por el Departamento de Córdoba contra la sentencia de primera instancia que accedió parcialmente a la demanda presentada por un docente en ejercicio en el sector público. La demanda reclamaba el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el retraso en el pago de cesantías parciales, conforme a lo establecido en la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006.
Antecedentes y marco normativo
El docente solicitó el reconocimiento y pago de cesantías en abril de 2021, las cuales fueron reconocidas por la Secretaría de Educación de Córdoba en junio y pagadas en agosto, con un retraso que excedió el plazo máximo de 70 días hábiles previsto en la normativa. La sanción moratoria consiste en el pago de un día de salario por cada día de retraso en el pago de las cesantías.
La Ley 244 de 1995 y su modificación por la Ley 1071 de 2006 establecen que la entidad pública responsable debe expedir el acto administrativo de reconocimiento dentro de 15 días hábiles y realizar el pago dentro de los 45 días hábiles siguientes a la firmeza del acto. En caso de retraso, se debe reconocer la sanción moratoria, salvo que el retraso se deba a culpa del servidor público beneficiario.
Disputa sobre la fecha de radicación y responsabilidades
El Departamento de Córdoba argumentó que la fecha válida para iniciar el conteo de la sanción moratoria era mayo de 2021, según consta en la resolución de reconocimiento, y que el pago se realizó dentro del plazo...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Tribunal Administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías a docente