Tribunal administrativo confirma nulidad de decreto de insubsistencia por vencimiento de plazo en provisionalidad
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:48:43
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal conoció el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia que declaró la nulidad del decreto mediante el cual se declaró la insubsistencia de un servidor público adscrito a la planta de personal de un municipio de Sucre, vinculado inicialmente mediante nombramiento provisional. La entidad demandada había declarado la insubsistencia basándose en el vencimiento del término de seis meses del nombramiento provisional y en la declaración de desierto de un concurso para el cargo ocupado. El servidor público es miembro activo y fundador de un sindicato, ostentando fuero sindical, el cual no fue tenido en cuenta en el proceso de desvinculación por parte de la entidad.Marco normativo y consideraciones jurisprudenciales
La Constitución Política y la Ley 909 de 2004 establecen que los empleos públicos se clasifican en cargos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción, con distintas reglas para su provisión y retiro. Los nombramientos en provisionalidad son mecanismos excepcionales y transitorios para proveer empleos de carrera mientras se surte un proceso de selección. En particular, la Ley 909 de 2004 dispone que el retiro de empleados nombrados en provisionalidad debe hacerse mediante acto motivado, expresando con claridad y precisión las razones que justifican la desvinculación, conforme al debido proceso y a la estabilidad laboral relativa que protege a estos servidores. La jurisprudencia constitucional y administrativa ha reiterado que la mera expiración del término de seis meses no es causal suficiente para declarar la insubsistencia de un empleado provisional. El acto administrativo debe contener una motivación concreta relacionada con el desempeño del servicio, la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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