Tribunal confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías definitivas a docente del Departamento de Sucre
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:48:24
Antecedentes y contexto del caso
El proceso judicial se originó tras la solicitud presentada por una docente vinculada al Departamento de Sucre para el reconocimiento y pago de sus cesantías definitivas. La petición fue radicada el 5 de marzo de 2020 ante el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), entidad encargada del pago de estas prestaciones. La Secretaría de Educación Departamental de Sucre expidió la resolución que reconocía dichas cesantías el 11 de marzo de 2020, dentro del plazo legal establecido. Sin embargo, la notificación del acto administrativo se realizó de forma extemporánea, el 2 de mayo de 2020. El pago efectivo se realizó el 14 de julio de 2020, excediendo así el término máximo permitido para el pago de cesantías, lo que generó una mora de 20 días según la normativa vigente.Fundamentos jurídicos y decisión judicial
El tribunal basó su análisis en la Ley 1071 de 2006, la Ley 1955 de 2019 y la jurisprudencia del Consejo de Estado que establece los plazos para el reconocimiento y pago de cesantías y las consecuencias del incumplimiento. En particular, se aplicó la regla que fija un término máximo de 70 días hábiles desde la solicitud para realizar el pago sin que se genere sanción moratoria. Se concluyó que la mora se originó durante la fase de notificación del acto administrativo por parte de la Secretaría de Educación Departamental, dado que el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio cumplió con su obligación dentro de los plazos establecidos. Por tanto, la entidad territorial fue declarada responsable del pago de la sanción moratoria equivalente a...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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