Tribunal Administrativo de Sucre confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías parciales a docente
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:48:15
El Tribunal Administrativo de Sucre resolvió en segunda instancia un recurso de apelación interpuesto por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) contra una sentencia que ordenaba el pago de una sanción moratoria por el pago tardío de cesantías parciales a una docente.
Antecedentes del caso
La docente presentó demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación, el Ministerio de Educación Nacional, el FOMAG y la Secretaría de Educación Departamental, solicitando el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006 debido al retraso en el pago de sus cesantías parciales. Según la demanda, la solicitud de cesantías se presentó el 4 de marzo de 2020, la resolución de reconocimiento se emitió el 11 de marzo de 2020 y el pago se realizó el 14 de julio de 2020, generándose una mora de 20 días. La normativa aplicable determina que el acto administrativo debe expedirse en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la solicitud, y el pago debe realizarse dentro de los 45 días siguientes a la ejecutoria de dicho acto. El incumplimiento genera una sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso.Contestación y argumentos de las entidades demandadas
El Departamento de Sucre, a través de la Secretaría de Educación, argumentó que los recursos para el pago de cesantías provienen de la Nación y que su función se limita a expedir el acto administrativo de reconocimiento, mientras que el pago corresponde al FOMAG. Por su parte, el FOMAG sostuvo que la sanción...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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