Tribunal confirma sanción moratoria por pago tardío de cesantías parciales a docente
Proviene de: Sentencias
19 de mayo de 2025 10:48:18
El Tribunal Administrativo de Sucre resolvió el recurso de apelación en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, confirmando la sentencia de primera instancia que condenó al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) a pagar la sanción moratoria por el pago tardío de cesantías parciales a una docente vinculada al municipio de Sincelejo.
Antecedentes del caso
La docente presentó solicitud para el reconocimiento y pago de sus cesantías parciales el 29 de agosto de 2019. La Secretaría de Educación Municipal reconoció las cesantías mediante resolución expedida el 3 de septiembre de 2019 y notificó personalmente la decisión el 5 de septiembre del mismo año. Según la normativa aplicable, el término para efectuar el pago vencía el 12 de noviembre de 2019, contados 45 días después de la renuncia al término de ejecutoria del acto administrativo. No obstante, el pago se realizó el 28 de noviembre de 2019, generándose un retraso de 16 días. En noviembre de 2021, la docente reclamó formalmente el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006, sin recibir respuesta, configurándose silencio administrativo negativo.Controversia sobre la entidad responsable
El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) apeló la sentencia, argumentando que, conforme al artículo 57 de la Ley 1955 de 2019, en casos de moras causadas a partir del 1 de enero de 2020, la responsabilidad del pago recae en el ente territorial, en este caso el municipio o la Secretaría de Educación. Sin embargo, el Tribunal determinó que el retraso ocurrió en la etapa de pago por parte del Fondo,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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