Tribunal administrativo de Sucre confirma incompatibilidad de sanción moratoria para docentes afiliados al FOMAG
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:6:58
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal conoció el recurso de apelación presentado contra una sentencia que negó la demanda interpuesta por una docente en contra de la Nación, el Ministerio de Educación Nacional, el FOMAG y el Departamento de Sucre. La reclamación se centraba en el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por la no consignación oportuna de las cesantías causadas durante el año 2020, así como la indemnización por el pago tardío de intereses. La docente alegaba que, conforme a la Ley 50 de 1990 y la Ley 52 de 1975, tenía derecho a la sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso en el pago de las cesantías y sus intereses. Además, invocó pronunciamientos de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado que apoyaban la aplicación favorable de dicha sanción para los docentes.Régimen especial de cesantías para docentes
La Ley 91 de 1989 creó el FOMAG como un régimen especial para la administración de las prestaciones sociales de los docentes oficiales, incluyendo cesantías, pensiones y servicios médico-asistenciales. Este régimen establece que los docentes nacionales y nacionalizados tienen un esquema particular para el reconocimiento y pago de cesantías, diferenciándose del régimen general aplicable a otros empleados públicos. En este marco, las cesantías se liquidan anualmente y el Fondo reconoce un interés anual sobre el saldo de las mismas, sin que opere la sanción moratoria contemplada en la Ley 50 de 1990, la cual está orientada a los fondos privados de cesantías y pensiones.Decisión del Tribunal y fundamentos
El Tribunal confirmó que la docente demandante está afiliada...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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