Tribunal administrativo del Putumayo determina responsabilidad en mora por pago de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:5:39
Contexto y antecedentes del caso
La controversia surge tras la solicitud de reconocimiento y pago de cesantías por parte de una docente afiliada al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). Aunque el Departamento del Putumayo expidió la resolución que reconoce el derecho, el pago tardó más del plazo legal, generando la reclamación por sanción moratoria según el artículo 5 de la Ley 1071 de 2006. Inicialmente, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Mocoa condenó al Ministerio de Educación y al FOMAG a reconocer y pagar la sanción moratoria por 142 días de retraso. Sin embargo, el Ministerio apeló argumentando que la responsabilidad recaía en la entidad territorial y que, conforme a la Ley 1955 de 2019, el FOMAG no puede asumir indemnizaciones económicas.Análisis jurídico y responsabilidades
El Tribunal evaluó la normativa aplicable, incluyendo la Ley 244 de 1995 modificada por la Ley 1071 de 2006, y el régimen especial que cobija a los docentes afiliados al FOMAG. Se destacó que la sanción moratoria no es una indemnización, sino una penalidad económica por el retraso en el pago de cesantías. Además, se examinó el procedimiento administrativo y se determinó que la Secretaría de Educación del Departamento del Putumayo incurrió en mora en dos etapas: en la notificación del acto administrativo y en el envío del mismo a la Fiduciaria para el pago. Esta demora totalizó 162 días calendario. En consecuencia, el Tribunal modificó la sentencia inicial para atribuir al Departamento del Putumayo la responsabilidad por la sanción moratoria, condenándolo a pagar un día de salario por cada día de retardo, liquidado con base...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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