Tribunal administrativo del Putumayo confirma pago de sanción moratoria por retardo en cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:5:35
Contexto y antecedentes del caso
Una docente oficial solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales en abril de 2020, trámite que fue reconocido mediante resolución expedida por la Secretaría de Educación del Putumayo en mayo de 2020. Sin embargo, el pago efectivo se realizó con retraso, en septiembre de 2021. Ante la demora, la solicitante requirió el pago de la sanción moratoria prevista en la Ley 1071 de 2006, que fue inicialmente negada por la Fiduciaria administradora del FOMAG y no respondida por la entidad territorial, configurando un acto administrativo ficto negativo. La demandante interpuso una acción de nulidad y restablecimiento del derecho solicitando el reconocimiento de la sanción moratoria correspondiente a los días de retraso en el pago de las cesantías.Decisión de primera instancia y apelación
El Juzgado Primero Administrativo de Mocoa declaró configurado el silencio administrativo negativo y condenó al Departamento del Putumayo a pagar la sanción moratoria por 378 días de mora, basándose en la asignación básica devengada en 2020 y 2021. No obstante, el departamento apeló argumentando errores en el cómputo de días de mora y cuestionando la legitimación en la causa.Análisis y fallo del tribunal
El Tribunal Administrativo del Putumayo revisó el caso y estableció que la responsabilidad del pago de la sanción moratoria recae tanto en el FOMAG como en la entidad territorial. Esto debido a que: - La Secretaría de Educación incurrió en mora durante 24 días al retrasar la remisión del acto administrativo a la fiduciaria para el pago. - La Fiduciaria del FOMAG demoró 371 días en efectuar el desembolso correspondiente. El tribunal aplicó la legislación vigente,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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