Tribunal administrativo del Putumayo confirma pago de sanción moratoria por retardo en pago de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:5:38
El tribunal estudió un caso relacionado con el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el retraso en el pago de cesantías parciales a una docente afiliada al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). La controversia se centró en determinar qué entidad era responsable por el pago de esta penalidad ante la demora registrada.
Antecedentes del caso
La docente presentó solicitud para el reconocimiento y pago de cesantías en junio de 2020. El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio reconoció el derecho mediante resolución en julio de 2020, pero el pago se efectuó en octubre de 2020. Posteriormente, la docente solicitó el pago de la sanción moratoria por la demora, petición que no fue respondida oportunamente, configurándose silencio administrativo.
La demanda fue interpuesta contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, la Fiduciaria encargada del pago y la Secretaría de Educación del Departamento del Putumayo. En primera instancia, se ordenó el pago de 7 días de sanción moratoria a cargo del Ministerio.
Análisis jurídico y decisión
El tribunal revisó la normativa aplicable, destacando la Ley 244 de 1995 modificada por la Ley 1071 de 2006, que establece el plazo máximo de 45 días hábiles para el pago de cesantías y la sanción moratoria de un día de salario por cada día de retraso. También se tuvo en cuenta la Ley 1955 de 2019, que asigna la responsabilidad de la sanción moratoria a la entidad territorial (Secretaría de Educación) cuando el retraso se origine en la entrega o radicación de la solicitud al Fondo.
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