Tribunal Administrativo del Putumayo modifica sanción moratoria docente por pago parcial
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:5:26
Contexto del caso y antecedentes
El caso se originó con una demanda presentada contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FNPSM), debido a la negativa a reconocer y pagar la sanción moratoria establecida en la Ley 1071 de 2006 por el retraso en el pago de cesantías docentes. La solicitud inicial de pago de cesantías fue presentada en marzo de 2018, y aunque se reconocieron mediante resolución en julio de 2018, el pago efectivo se realizó en octubre de ese mismo año, generando una mora. La demandante solicitó posteriormente, en marzo de 2020, el reconocimiento y pago de la sanción moratoria, sin que se obtuviera respuesta, lo que dio lugar a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.Decisión de primera instancia y apelación
El juzgado de primera instancia declaró la nulidad del acto administrativo derivado del silencio administrativo y condenó a la entidad demandada a pagar un día de salario por cada día de retraso, calculando un periodo de mora de 16 días, con base en la asignación del año 2018. Además, negó la prescripción de la sanción y rechazó la indexación del valor reclamado. La entidad apeló argumentando que el pago administrativo ya efectuado extinguía la obligación y que la mora debía contarse hasta la fecha de pago, solicitando la negación de las pretensiones.Modificación de la sentencia por el Tribunal Administrativo del Putumayo
En segunda instancia, el Tribunal estableció que, si bien hubo pago por concepto de sanción moratoria, este fue parcial y debía descontarse del valor reconocido. Se aclaró que la mora...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias