Tribunal Administrativo del Putumayo confirma sanción por mora en pago de cesantías a docentes
Proviene de: Sentencias
16 de mayo de 2025 12:5:24
Contexto y antecedentes del caso
El proceso judicial se originó por la solicitud de un docente del magisterio del Departamento del Putumayo que reclamó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el retraso en el pago de sus cesantías, conforme al artículo 5 de la Ley 1071 de 2006. La demanda fue dirigida contra la Nación – Ministerio de Educación – FOMAG, el Departamento del Putumayo y la fiduciaria encargada de administrar los recursos del fondo.
Tras varias negativas por parte del FOMAG y la fiduciaria para reconocer dicha sanción, y la falta de respuesta de fondo por parte del Departamento del Putumayo, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Mocoa emitió sentencia en diciembre de 2023, reconociendo la mora atribuible al FOMAG y ordenando el pago correspondiente. Sin embargo, esta decisión fue apelada por el Ministerio de Educación – FOMAG.
Responsabilidades y plazos legales
La Ley 1071 de 2006 establece que la entidad encargada del reconocimiento y pago de cesantías debe expedir la resolución correspondiente en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la solicitud y efectuar el pago en un término no mayor a 45 días hábiles a partir de la firmeza del acto administrativo que ordena la liquidación.
Por su parte, la Ley 1955 de 2019 asigna a las Secretarías de Educación certificadas la responsabilidad de la radicación o entrega oportuna de la solicitud de pago de cesantías al FOMAG, estableciendo que la sanción por mora debe ser asumida por la entidad que cause el retraso.
Decisión del Tribunal Administrativo del Putumayo
El Tribunal determinó que existió mora en cabeza de...
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