Tribunal Administrativo del Putumayo reconoce sanción moratoria por pago tardío de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2025 16:29:26
El Tribunal Administrativo del Putumayo, en segunda instancia, resolvió un recurso de apelación relacionado con el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por retraso en el pago de las cesantías parciales de una docente oficial. El caso se originó tras la negativa en primera instancia de reconocer dicha sanción, a pesar de la evidencia de mora en el pago.
Antecedentes del caso
La docente solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales para inversión en vivienda, trámite que fue reconocido mediante acto administrativo extemporáneo. La notificación se realizó en junio de 2018, pero el pago se dispuso hasta octubre de ese año, generando un retraso que dio lugar a la sanción moratoria establecida en el artículo 5 de la Ley 1071 de 2006. La entidad demandada no respondió oportunamente a la petición de reconocimiento y pago de la sanción moratoria presentada en junio de 2020, configurándose el acto administrativo fictamente negativo que motivó la demanda.Fundamentos jurídicos y análisis
El Tribunal recordó que la sanción moratoria para docentes oficiales está respaldada por la Ley 244 de 1995 y la Ley 1071 de 2006, así como por la sentencia de unificación SUJ-012-S2 de 18 de agosto de 2018 del Consejo de Estado. El período de mora se determinó entre el 6 de junio de 2018 y el 28 de octubre de 2018, totalizando 145 días. Aunque la entidad demandada presentó documentos que alegaban haber puesto a disposición los recursos correspondientes a la sanción moratoria, el Tribunal evidenció inconsistencias e insuficiencia probatoria para demostrar el pago efectivo. Incluso se señaló que parte de los fondos fue reintegrada...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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