Tribunal Administrativo del Putumayo define responsabilidad por sanción moratoria en pago de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2025 16:29:13
Contexto y antecedentes del caso
La decisión judicial se originó a partir de una demanda contra el Ministerio de Educación Nacional y el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), cuestionando la negativa al reconocimiento y pago de la sanción moratoria prevista en la Ley 1071 de 2006, debido a un retraso en el pago de cesantías parciales de un docente. El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa inicialmente declaró nulo el acto administrativo por silencio negativo y condenó al Ministerio de Educación y al FOMAG al pago correspondiente.Argumentos de las partes y postura del tribunal
El Ministerio de Educación alegó falta de legitimación por parte del FOMAG y atribuyó la responsabilidad al Departamento del Putumayo, argumentando que la mora en el pago se originó por retrasos en la expedición del acto administrativo por parte de la entidad territorial. Además, señaló que el FOMAG no puede asumir indemnizaciones económicas según la Ley 1955 de 2019. Por su parte, el Departamento del Putumayo sostuvo que no era responsable por no haber proferido el acto administrativo cuestionado. Tras analizar los hechos y la normativa aplicable, el tribunal concluyó que el Departamento del Putumayo incumplió el término legal de 15 días hábiles para expedir el acto administrativo que reconocía las cesantías, generando un retraso de 13 días calendario. Además, la entidad territorial no aportó prueba sobre la fecha de remisión del acto a la fiduciaria responsable del pago, por lo que se tuvo por cierta la versión del apelante sobre la recepción tardía del documento.Fundamentos jurídicos y decisión final
La sentencia explicó que los docentes...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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