Tribunal Administrativo del Putumayo reconoce responsabilidad del departamento en sanción moratoria por pago tardío de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2025 16:29:12
El Tribunal Administrativo del Putumayo, en decisión del 6 de febrero de 2025, resolvió un recurso de apelación contra una sentencia que negó el pago de la sanción moratoria por demora en el pago de cesantías parciales a un docente. La controversia surgió tras la negativa de la Fiduciaria administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y la Secretaría de Educación del Departamento del Putumayo.
Contexto y antecedentes
El docente solicitó el reconocimiento y pago de cesantías el 8 de julio de 2020. La Secretaría de Educación debía expedir la resolución en un plazo máximo de 15 días hábiles, pero esta se emitió el 10 de agosto de 2020, incumpliendo el término legal. Posteriormente, el acto administrativo fue remitido a la Fiduciaria administradora con un retraso de 19 días calendario. La Fiduciaria realizó el pago el 6 de noviembre de 2020 dentro del plazo legal de 45 días hábiles desde la recepción del acto.
La demanda buscaba el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en el artículo 5 de la Ley 1071 de 2006, que prevé un día de salario por cada día de atraso en el pago de cesantías. Inicialmente, el juzgado de primera instancia condenó al FOMAG a pagar la sanción; sin embargo, el recurso de apelación planteó que, conforme a la Ley 1955 de 2019, la responsabilidad recae en la entidad territorial cuando el retraso se debe a incumplimientos en la radicación o envío de la solicitud.
Fundamento jurídico y análisis
El Tribunal recordó que los docentes afiliados al FOMAG se encuentran dentro del régimen especial regulado...
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