Tribunal confirma tutela por vulneración del derecho fundamental de petición contra FOMAG
Proviene de: Sentencias
15 de mayo de 2025 16:28:20
Antecedentes del caso
La acción de tutela fue instaurada contra FOMAG, buscando la protección del derecho fundamental de petición. La solicitud inicial, presentada el 2 de octubre de 2024 mediante correo electrónico, solicitaba información sobre la suspensión del pago de la mesada 14 desde 2008, sin que se haya recibido respuesta de fondo por parte de la entidad. En primera instancia, el Juzgado Administrativo amparó el derecho y ordenó a FOMAG responder en un plazo de dos días. FOMAG impugnó la decisión argumentando que no había recibido la petición formalmente, debido a que el correo electrónico utilizado para enviar la solicitud no era el canal autorizado para radicar derechos de petición y que no se aportó prueba de radicación o envío por medios oficiales.Consideraciones jurídicas
El Tribunal recordó que la acción de tutela es el mecanismo idóneo para proteger los derechos constitucionales fundamentales, y que el derecho de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, implica la facultad de presentar solicitudes respetuosas ante autoridades y obtener respuesta pronta. Se destacó que la tutela es procedente cuando no existe otro medio judicial eficaz para reclamar el derecho, y que la respuesta a la petición debe ser oportuna, clara, precisa y de fondo, sin que ello implique aceptación de lo solicitado. Respecto al uso de medios electrónicos, el Tribunal citó jurisprudencia de la Corte Constitucional que reconoce como válidos los canales tecnológicos para presentar peticiones, siempre que sean idóneos para la comunicación o transferencia de datos. Por tanto, aunque el correo electrónico utilizado por el solicitante sea designado por la entidad para enviar respuestas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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